Ley 4035

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El Aporte Ley 4035 es un fondo de asistencia social destinado a la ancianidad, a la madre y a la invalidez, que se forma con el aporte patronal y el aporte personal de los empleados, obreros y demás personas que trabajan en relación de dependencia en el ámbito privado y público, nacional, provincial y municipal, determinado sobre el monto mensual devengado en concepto de remuneraciones.

Documentación necesaria: 

  • Fotocopia de DNI con domicilio actualizado, verificar que cuente con 5 años de residencia en la provincia de Entre Ríos.
  • Fotocopia de partida de nacimiento legalizada.
  • En caso de ser divorciado,  presentar Certificado de divorcio legalizado.
  • En caso de ser viudo, presentar testimonio de defunción legalizado.
  • Informe socioeconómico  realizado por Asistente Social del municipio. 
  • En caso de contar con algún tipo de vehículo, si no cuenta con transferencia o denuncia de venta justificar el estado y utilización o no del mismo.
  • En caso de vivir en terreno fiscal, justificar que no abona Impuestos por tal motivo.

Importante: En caso de fallecimiento del titular de Pensión Ley 4035; el beneficio se dará de baja con el Certificado de Defunción.

¿Cómo solicitarlo?: En la oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social (Palacio Municipal – Edificio Anexo) o  al teléfono: (345 ) 4 910 035 internos 124/127/128.

Días y Horarios: Lunes a Viernes de 06:30 a 12:30 hs 

Costo: Gratuito

Inicio del trámite: el trámite es personal y gratuito. No necesita gestor.